Enlazar partidos de fútbol no es delito
Una vez más, la ausencia de ánimo de lucro ha sido determinante en el caso de Audiovisual Sport, Canal Satélite Digital y Distribuidora de Televisión Digital contra tvmix, una web que se limitaba a ofrecer enlaces con emisoras P2P fuera de España y su programación, pues tal y como dice el auto del Juzgado de Instrucción nº 13 de Madrid:
Tenemos que la página TVMIX, no transforma ninguna señal, no interfiere en la señal de audio ni la digitaliza, realizando una información de agenda de emisoras P2P de fuera de España; también facilita información sobre programas (no realizadas por él), necesarios para la visualización de la señal de las emisoras anteriores; y finalmente no se percibe una remuneración directa por tales hechos y sí un pago que en concepto de publicidad y en relación a las personas que visitan la página; le realiza Google Spain S.L.
Todo ello supone desde el punto de vista penal no puede hablarse de ilícito alguno, debiéndose sobreseer las presentes actuaciones a la vista de todas las diligencias practicadas, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
[Interesante argumento para estos casos / Vía: Microsiervos]
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